La noticia del día de la Santa Sede ha tenido transcendencia mediática, hasta tal punto que los espacios informativos de las televisiones generalistas han recogido esta novedad. Se trata de la última actualización del Código de Derecho Canónico en su apartado penal, apartado que se modifica radicalmente en el que serán sancionadas nuevas figuras delictivas.
La novedad principal: el Papa endurece penas para quienes cometan abusos a menores. En total se ha modificado más del 70% del Libro VI del de los artículos penales.
Nueva Constitución Apostólica
El Papa Francisco ha promulgado la Constitución Apostólica Pascite Gregem Dei (Apacentad la grey de Dios) con la que se reforma el libro VI del Código de Derecho Canónico. Como explica Vatican News, este trabajo de revisión fue iniciado por el Papa Benedicto XVI.
El Papa emérito ya vio necesario revisar la disciplina penal del Código promulgado por san Juan Pablo II en 1983, puesto que contenía algunas limitaciones como, por ejemplo, permitir a obispos y superiores, que eran los que debían aplicar el Código, determinar cada vez cuándo y cómo debían punir.
«La caridad exige, en efecto, que los Pastores recurran al sistema penal siempre que deban hacerlo, teniendo presentes los tres fines que lo hacen necesario en la sociedad eclesial, es decir, el restablecimiento de las exigencias de la justicia, la enmienda del reo y la reparación de los escándalos«, subraya Francisco en la Constitución Apostólica.
Por lo tanto, el objetivo de esta actualización y endurecimiento de las penas es «la sanción canónica» que tiene también «una función de reparación y de saludable medicina y busca sobre todo el bien del fiel, por lo que “representa un medio positivo para la realización del Reino, para reconstruir la justicia en la comunidad de los fieles, llamados a la personal y común santificación».
Delitos que provocan escándalo
Además, en la revisión de este texto se reunifican las penas en toda la Iglesia, para que no quede a discreción de la autoridad competente (fundamentalmente obispos) sobre todo en aquellos delitos que «provocan mayor daño y escándalo en la comunidad».
La agencia Rome Reports especifica algunos artículos que se han modificado: Obliga a comunicar los delitos de los que se tenga conocimiento; añade delitos relacionados con la mala gestión económica o la corrupción; los laicos con cargo en la Iglesia podrán ser sancionados desde el punto de vista canónico, por ejemplo por abusos o mala gestión económica; los abusos pasan de ser “Delitos contra obligaciones especiales” y se convierten en “Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad de las personas”.
«Se ha escuchado a todos los que querían intervenir»
Por su parte, el Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Mons. Juan Ignacio Arrieta explica en una entrevista que esta reforma traslada los delitos de abusos a menores a la misma categoría en la que se encuentran también los delitos de homicidio y aborto y los delitos contra la vida, la libertad y la dignidad de la persona.
Arrieta también explica que «el texto determina con mayor precisión el comportamiento que deben tener las autoridades, los obispos, los superiores, cuando deben aplicar la norma y los criterios que deben seguir para elegir una pena u otra, una determinación del derecho penal de la que antes se carecía».
El Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos añade que con esta revisión se pone en valor que el derecho penal también es importante para preservar la comunidad de los fieles, remediar el escándalo causado y, por consiguiente, también reparar el daño.
La reforma de libro VI ha sido un trabajo «colegiado y proactivo porque se ha escuchado a todos los que querían intervenir. Se consultó a todas las Conferencias Episcopales, a todos los Dicasterios, a todas las facultades», ha señalado Mons. Arrieta.